OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
AYUNTAMIENTO DE ALMOROX
PLAZA DE ALGUACIL
AYUNTAMIENTO DE ALMOROX
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 472/2018, de fecha 4 de octubre de 2018,
las bases y la convocatoria para la selección de personal funcionario para cubrir una plaza de alguacil de
servicios múltiples vacante en la plantilla municipal, mediante sistema de concurso-oposición, se abre
el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN
MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO.
ALGUACIL SERVICIOS MÚLTIPLES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la oferta
pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2018, aprobada por resolución de Alcaldía de
fecha 3 de abril de 2018 y publicada en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo número 68, de 11 de
abril de 2018, cuyas características son:
–Grupo: AP (antiguo E); Escala de Administración General; subescala de Subalterno.
–Denominación: Alguacil servicios múltiples.
–Número de vacantes: Una. Dotada con los haberes correspondientes que le correspondan con
arreglo a la legislación vigente.
Las funciones que tiene encomendadas son las enumeradas en el anexo l. El sistema selectivo elegido
es de concurso-oposición.
SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin
perjuicio de lo dispuesto la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida: Título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o título
equivalente.
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 472/2018, de fecha 4 de octubre de 2018,
las bases y la convocatoria para la selección de personal funcionario para cubrir una plaza de alguacil de
servicios múltiples vacante en la plantilla municipal, mediante sistema de concurso-oposición, se abre
el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a
la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN
MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO.
ALGUACIL SERVICIOS MÚLTIPLES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la oferta
pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2018, aprobada por resolución de Alcaldía de
fecha 3 de abril de 2018 y publicada en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo número 68, de 11 de
abril de 2018, cuyas características son:
–Grupo: AP (antiguo E); Escala de Administración General; subescala de Subalterno.
–Denominación: Alguacil servicios múltiples.
–Número de vacantes: Una. Dotada con los haberes correspondientes que le correspondan con
arreglo a la legislación vigente.
Las funciones que tiene encomendadas son las enumeradas en el anexo l. El sistema selectivo elegido
es de concurso-oposición.
SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin
perjuicio de lo dispuesto la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida: Título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o título
equivalente.
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