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AYUDAS A LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS PARA GASTOS DERIVADOS DE SERVICIOS PARA ATENCIÓN DE HIJOS E HIJAS MENORES DE 8 AÑOS.

Solicitantes:
 Trabajadores y trabajadoras (tanto solicitante como pareja) por cuenta ajena que no sean empleados/as públicos/as, con mínimo 270 días (9 meses) trabajados dentro del periodo a subvencionar (12 meses: del 1/08/2009 a 31/07/2010).
 El cónyuge hombre, puede ser trabajador autónomo con domicilio fiscal en CLM (mínimo 270 días sobre 360).
 Victimas de violencia de genero (en caso de no trabajar han de estar inscritas como desempleadas en el SEPECAM)
 Desempleadas inscritas en el SEPECAM que participen en acciones de formación y empleo con una duración superior a tres meses.
 Unidades familiares con rentas anuales inferiores a 42.000 €.
Gastos a subvencionar:
Centros de Atención a la Infancia, comedor escolar, aula matinal,
Gastos de atención a menores por ampliación del horario escolar en los centros educativos, incluidos los servicios en periodo vacacional (no incluidos, los lúdicos, deportivos.).
Gastos salariales y de seguridad social para la contratación de empleados/as al servicio del hogar familiar.
Cuantía a subvencionar: 50% de los gastos (tope de 1.200€/año).
Máximo subvencionable para el conjunto de convocatorias del Plan de Conciliación de Castilla La Mancha 2007-2010 de 3.600€ (6.000€ para familias numerosas)
Periodo a subvencionar: 12 meses: del 1/08/2009 a 31/07/2010
Plazos de solicitud. Hasta el 14 de enero 2011.


AYUDAS A LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS PARA COMPENSAR LA PÉRDIDA DE INGRESOS DERIVADA DE LA REDUCCIÓN DE JORNADA, EXCEDENCIA O SUSPENSIÓN PARA LA CONCILIACIÓN CON HIJOS E HIJAS MENORES DE 8 AÑOS O FAMILIARES HASTA 2º GRADO DE CONSANGUINIDAD O AFINIDAD CON ENFERMEDAD GRAVE.


Solicitantes: En todos los casos con al menos 540 días (18 meses) trabajados dentro del periodo a subvencionar (24 meses)
 Hombres en reducción o excedencia (no estén incluidos en el artículo 2 del Estatuto del Empleado Público ley 7/2007
 Mujeres victimas de violencia de genero
 Mujeres de familias monoparentales (certificado de convivencia en el que solo figure el progenitor)
 Mujeres que ella o su cónyuge tengan alguna discapacidad al menos del 33%.
 Hombres o mujeres que estén en proceso de adopción internacional.
Cuantía:
Para reducciones de jornada se aplicará la escala siguiente: 100€ euros al mes para reducciones de hasta un 12,5% de su jornada laboral completa, 200€ para reducciones del 25%, 300€ para reducciones del 37,5% y 400€ para reducciones del 50% de su jornada laboral completa.
Para excedencias voluntarias o suspensiones de contrato para las finalidades previstas en esta Orden, la cuantía será de 600€ mensuales.
Máximo subvencionable de 3000€ y hasta 10.000€ si el que se halla en reducción, excedencia o suspensión es un hombre, para el conjunto de convocatorias del Plan de Conciliación de Castilla –La Mancha 2007-2010.
Periodo a subvencionar: 24 meses: del 1/01/2009 a 31/12/20010 (todo 2009 y 2010).
Plazos de solicitud. Hasta el 11 de febrero 2011

NOTAS:

 Ambas ayudas son incompatibles.
 Los solicitantes tienen que residir en Castilla La Mancha.
 Se considera menores a aquellos nacidos a partir del 1 de enero de 2002
 El otorgamiento de las subvenciones será por el sistema de concurrencia competitiva.
 La condición de familia monoparental se acreditará de alguna de las siguientes formas: la viudedad se acreditará con certificación registral de defunción; la falta de pago de alimentos a menores con la reclamación judicial y la separación o divorcio por resolución judicial; en las parejas de hecho inscritas, la certificación de la inscripción de disolución o extinción tendrá los mismos efectos que la sentencia de separación o divorcio; en las no inscritas, la ruptura del vínculo se probará mediante el empadronamiento en domicilios distintos.


Más información: Centro de la Mujer de Corral de Almaguer

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