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LOS PADRES PODRÁN DISFRUTAR DEL PERMISO DE LACTANCIA AUNQUE LA MADRE NO TRABAJE



LOS PADRES PODRÁN DISFRUTAR DEL PERMISO DE LACTANCIA AUNQUE LA MADRE NO TRABAJE






Los padres podrán solicitar el permiso de lactancia, independientemente de que la madre trabaje por cuenta ajena o no. Así lo establece una resolución del Ministerio de Hacienda, que hace extensible este derecho no solo a los funcionarios, como ya fue reconocido el pasado febrero, sino también a los empleados del sector privado. Se da así un nuevo paso hacia la igualdad entre hombre y mujer. Uno de los dos, no necesariamente esta última, tendrá la opción de disfrutar de una reducción de la jornada laboral de una hora diaria hasta que el bebé cumpla los 12 meses —en caso de que se trate de un parto múltiple, este periodo se multiplicará por el número de hijos—, o de este tiempo acumulado, lo cual equivale a unas cuatro semanas.
A.M.R.S., un funcionario de prisiones al que el Estado denegó el permiso de lactancia por considerar que la titular de este derecho era la madre, que estaba en paro, probablemente no imaginó que su caso sentaría tal precedente. A raíz del recurso presentado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) —mayoritaria en el sector—, A.M.R.S. no solo pudo disfrutar de una baja, sino que este derecho se hizo extensivo a todos los empleados públicos. Después de los trabajadores de la Administración llegó la Guardia Civil. Ahora, el acuerdo del Ministerio de Hacienda —firmado el pasado 19 de julio pero difundido este lunes por CSI-F—, sienta las bases para que hombre y mujer sean iguales a este respecto.
"Entre 2011 y 2012, el permiso de lactancia ha sido solicitado por 618 funcionarios y 2.282 funcionarias. A partir de este momento, a medida que los trabajadores vayan conociendo que esta opción existe, probablemente lo pidan cada vez más", afirma Carolina Rodríguez, secretaria de Igualdad de CSI-F. "Creemos que el acuerdo supone un gran avance en la conciliación de la vida laboral y familiar", continúa.
La resolución pretende despejar futuras dudas, y en ella la baja de lactancia es desvinculada del hecho biológico de dar el pecho. Este periodo pasa a ser definido como "un tiempo destinado a la alimentación y cuidado del menor que se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por parto [de cuatro meses de duración], o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprende el permiso por parto". El ministerio establece, además, que la baja "será disfrutada indistintamente por el funcionario o la funcionaria y solo en el caso de que ambos trabajen será disfrutado solo por uno de ellos". El acuerdo añade que esta misma interpretación del Estatuto Básico del Empleado Público "sería predicable, en su caso", al permiso regulado en el Estatuto de los Trabajadores. De ahí que se haga extensivo al sector privado.
El ministerio se hace eco de dos sentencias para justificar sus indicaciones. Por un lado, cita un dictamen del Tribunal Constitucional de 2011, que ampara "el derecho del padre, trabajador por cuenta ajena, al disfrute del permiso de lactancia, siempre que su esposa desempeñe una actividad profesional". Por otro, la resolución de Hacienda alude a un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2010, que establece que el hecho de denegar el disfrute del permiso porque la madre no sea trabajadora por cuenta ajena, sino por cuenta propia, "supone una limitación de su actividad profesional", además de que implica que la mujer "ha de soportar sola la carga derivada del nacimiento de su hijo, sin poder recibir la ayuda del padre del niño".

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