Lidl insiste en despedir a una trabajadora que pidió una jornada reducida para cuidar a sus hijos enfermos
La empleada, con dos hijos que padecen cardiopatías, denunció a la
empresa tras recibir una carta de despido al día siguiente de solicitar
la reducción de jornada
La sentencia constata que Lidl ha
vulnerado los derechos fundamentales de la trabajadora, declara el
despido nulo y la readmisión de la empleada en su mismo puesto de
trabajo
La compañía ha recurrido la sentencia pidiendo ahora que el despido sea declarado improcedente.
Una responsable de la tienda de Lidl en Plasencia (Cáceres) pidió
reducir su jornada laboral para cuidar a sus dos hijos de dos y tres
años –ambos con patologías cardíacas y uno de ellos intervenido
quirúrgicamente– . Al día siguiente recibió una carta de despido en la
que la empresa alegaba un "incumplimiento deliberado de sus
obligaciones" en el trabajo. La trabajadora demandó a la empresa hace 11
meses por considerar que estaban vulnerando sus derechos y la jueza,
casi un año después de admitir a trámite la demanda, le ha dado la razón
declarando nulo el despido. Tras conocer la decisión, Lidl ha recurrido
la sentencia con la intención de echar a la empleada mediante un
despido improcedente, elevando así la causa al Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura.
La compañía conocía la situación médica de los hijos de
Raquel (nombre ficticio) incluso antes de que ella realizara la petición
formal de reducción de jornada. De hecho, ella realizó un cambio en sus
vacaciones con motivo de la intervención quirúrgica del hijo menor, que
padece una enfermedad cardíaca "severa" (estenosis aórtica pulmonar), a
pesar de que su superior de tienda le comunicó que "le darían días
libres si los necesitaba", hecho que no llegó a producirse, indica la
sentencia.
Tras conocer el dictamen de la magistrada –a espera de
la resolución del recurso interpuesto por Lidl– se produce una
contradicción entre los hechos y los valores que promulga la compañía.
Según su política consagran "unas condiciones de trabajo que permiten a
los empleados conciliar su vida laboral, personal y familiar, mejorando
año tras año y promoviendo la igualdad de oportunidades para toda la
plantilla".
En este mismo contexto, Lidl también
estipula en su convenio colectivo una "ampliación de los permisos
retribuidos y no retribuidos por hospitalización, añadiendo dos días
recuperables de permiso para asuntos propios". La compañía ha respondido
a eldiario.es que "no hace declaraciones sobre procesos judiciales
abiertos".
"Lidl disfraza de procedente un despido nulo"
Raquel trabaja en Lidl desde el año 2004 como responsable de tienda y
en 14 años nunca había sido sancionada ni tampoco advertida por ningún
comportamiento irregular. Los motivos del cese, según la carta de
despido son "disciplinarios" por negligencia grave e incumplimiento
deliberado de sus obligaciones en relación al control de la frescura de
los productos comestibles, "si no se controlan adecuadamente pasan a ser
retirados por no ser aptos para el consumo", explica un vendedor de la
cadena.
Además, se le acusa de consumir alimentos sin
haber abonado previamente su importe y el escrito también añade que la
empleada dejó un cajón de dinero sin control. Sin embargo, durante el
juicio, la defensa de la trabajadora y los testigos que declaran,
desmontan uno a uno estos argumentos que Lidl sostiene con la intención
de "disfrazar de procedente un despido que ha resultado ser nulo",
explica María José Iglesias, abogada de la empleada.
"Era práctica habitual consumir productos de la tienda y pagarlos
después", indica un testigo en el juicio. El cajón con la recaudación se
encontraba dentro de una sala en la zona de oficinas a la que "solo se
podía acceder introduciendo una clave digital para abrir la puerta, que
además, contaba con un cierre automático", continúa.
Las declaraciones de testigos también precisan que los productos que no
cumplían con los requisitos de frescura aptos para la venta eran
retirados y apuntados en un cuaderno "donde se refleja el desglose
completo del día", las retiradas de productos eran habituales y "nadie
en la empresa ha sido sancionado o despedido por ello", señala otro
testimonio.
La magistrada concluye que "la conexión
temporal entre los hechos y el despido" es otro motivo para confirmar la
vulneración de derechos fundamentales por parte de Lidl hacia la
trabajadora. También considera que la empresa no ha aportado una
"justificación objetiva y razonable" que demuestre que el despido es
procedente, además de "no haber puesto nunca en conocimiento de la
empleada la supuesta dejación de sus funciones".
Se
declara el "despido nulo" y "una violación de la garantía de indemnidad"
que obliga a la empresa a readmitir a la responsable de la tienda en el
mismo puesto de trabajo que tenía con anterioridad al despido, además
de pagarle el sueldo que dejó de percibir desde la fecha del despido
hasta su reincorporación. Lidl, ha readmitido a la trabajadora, aunque
en el recurso pide que se declare el despido improcedente de la misma.
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