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OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

AYUNTAMIENTO DE 
VILLANUEVA DE LA FUENTE

PLAZA AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

ANUNCIO
Resolución de la Alcaldía por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir una plazade Auxiliar Administrativo de este Ayuntamiento de Villanueva de la Fuente, adscrito al Servicio de Registro, Archivo y Atención al Público, mediante el sistema de oposición libre. Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía número 61/19 de fecha 12/03/19, las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo adscrito al Servicio de Registro, Archivo y
Atención al Público de este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
 
Las bases reguladoras que regirán la presente convocatoria tienen el siguiente tenor literal:
 
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2018, aprobada por Resolución de Alcaldía número 137/18, de fecha 21/06/18 y publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número
128, de fecha 02/07/18, cuyas características son:
Grupo C
Subgrupo 2. Cuerpo Auxiliar
Escala Administración General
Subescala Auxiliar de Administración General
Clase Funcionario de carrera.
Titulación Graduado en educación secundaria obligatoria.
Denominación Auxiliar Administrativo con destino en el Registro General y Atención al
Público
Nº de vacantes 1
Sistema de selección Oposición libre
Funciones encomendadas Registro General Municipal, Archivo y Atención al Público.

SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
 
a) Tener la nacionalidad española, o la de alguno de los restantes estados miembros de la Unión
Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, por la que se Regula el Acceso a Determinados Sectores de la Función Pública de los Nacionales de los demás Estados Miembros de la Comunidad Europea, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10
de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.


 

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